Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó la Comunicación "A" 7052 en la cual se modifican las medidas implementadas en la Comunicación "A" 7030, en el manejo de los pagos al exterior de mercadería de importación, flexibilizando los requisitos de las operaciones que no requieran pedido de conformidad al BCRA.

A continuación, detallamos los puntos más destacados de la nueva norma. Se establece que las disposiciones previstas en el punto 2 de la Comunicación "A" 7030 y complementarias se mantendrán en vigor hasta el 31 julio del corriente. Es por ello que:

  • Se incorpora:la realización de pagos diferidos o a la vista de importaciones de bienes que correspondan a operaciones que se hayan embarcado a partir del 1 de julio del 2020 o que habiendo sido embarcadas con anterioridad no hubieran arribado al país antes de esa fecha.
     
  • Se incrementa:el monto de registros aduaneros pendientes al equivalente a US$ 3.000.000 (tres millones de dólares estadounidenses) cuando se trate de pagos por la importación de productos relacionados con la provisión de medicamentos u otros bienes relacionados con la atención médica y/o sanitaria de la población o insumos que sean necesarios para la elaboración local de los mismos. La entidad deberá contar con una declaración jurada del cliente donde deje constancia que los productos a importar revisten tal condición.

Para acceder a la Comunicación "A" 7052, haga clic aquí.