Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4666/2020 publicada en el Boletín Oficial, modificó la Resolución General 4400/2019 referente a los derechos de exportación por la prestación de servicios al exterior.

Entre los principales cambios introducidos se encuentran:

  • La alícuota del derecho será del 5 % sobre el importe de la factura “E” ajustado por notas de crédito o débito asociadas.
  • Se calculará para su conversión a pesos sobre el tipo de cambio vendedor del Banco Nación Argentina, del cierre del día anterior a la fecha de pago del mismo.
  • También se aplicarán sobre las facturas emitidas desde el 1 de enero de 2020. Incluyendo las prestaciones que se realicen de esta última fecha y que correspondan a contratos que su hubieran iniciado con anterioridad.

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