Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4459/2019 publicada en el Boletín Oficial, modificó la Resolución General 3873 – y sus modificatorias y complementarias- que creó el “Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas Bovinas y Bubalinas”.
Esta nueva norma altera los montos y el cálculo de los regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención del IVA para los operadores de faena y comercialización de animales, carnes y cueros de las especies mencionadas anteriormente.
A su vez, hace referencia a que todos los pagos a cuentas y percepciones establecidos, para aquellos sujetos que se encuentren suspendidos, no incluidos o excluidos del “Registro”, serán actualizados semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año.
Cabe destacar que las nuevas pautas serán obligatorias para los pagos a cuenta y percepciones liquidadas a partir del 1° de mayo próximo.
Para acceder a la Resolución General 4459/2019, haga clic aquí.
Esta nueva norma altera los montos y el cálculo de los regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención del IVA para los operadores de faena y comercialización de animales, carnes y cueros de las especies mencionadas anteriormente.
A su vez, hace referencia a que todos los pagos a cuentas y percepciones establecidos, para aquellos sujetos que se encuentren suspendidos, no incluidos o excluidos del “Registro”, serán actualizados semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año.
Cabe destacar que las nuevas pautas serán obligatorias para los pagos a cuenta y percepciones liquidadas a partir del 1° de mayo próximo.
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