Desde el sector de Economías Regionales de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4260 publicada en el Boletín Oficial, estableció regímenes de facilidades de pago para productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industrializadores de la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Río Negro, Neuquén, Mendoza, San Juan y La Pampa.
La medida, resuelta en base a la Ley N° 27.354 que declaró al sector en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término 365 días, alcanza a las obligaciones impositivas (excepto retenciones y percepciones), los aportes y contribuciones a la seguridad social, los trabajadores autónomos y monotributistas.
Los planes de facilidades de pago contemplan 90 o 60 cuotas, de acuerdo a los montos de facturación correspondientes al año calendario 2016 (personas físicas) o ejercicio económico cerrado en el 2016 (personas jurídicas), mientras que la tasa de financiamiento efectiva mensual será del 1%.
Para poder aplicar a los regímenes de facilidades, los beneficiarios deberán contar con Domicilio Fiscal Electrónico, declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitará la cuota mensual, informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular a través de la web de AFIP, y tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
La adhesión podrá formalizarse hasta el 31 de agosto del corriente, inclusive, ingresando a la página web de AFIP, “Mis Facilidades”, opción “Plan Emergencia Económica para la Cadena de Producción de Peras y Manzanas”.
Para acceder a la Resolución General 4260, haga clic aquí.
La medida, resuelta en base a la Ley N° 27.354 que declaró al sector en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término 365 días, alcanza a las obligaciones impositivas (excepto retenciones y percepciones), los aportes y contribuciones a la seguridad social, los trabajadores autónomos y monotributistas.
Los planes de facilidades de pago contemplan 90 o 60 cuotas, de acuerdo a los montos de facturación correspondientes al año calendario 2016 (personas físicas) o ejercicio económico cerrado en el 2016 (personas jurídicas), mientras que la tasa de financiamiento efectiva mensual será del 1%.
Para poder aplicar a los regímenes de facilidades, los beneficiarios deberán contar con Domicilio Fiscal Electrónico, declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitará la cuota mensual, informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular a través de la web de AFIP, y tener presentadas las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
La adhesión podrá formalizarse hasta el 31 de agosto del corriente, inclusive, ingresando a la página web de AFIP, “Mis Facilidades”, opción “Plan Emergencia Económica para la Cadena de Producción de Peras y Manzanas”.
Para acceder a la Resolución General 4260, haga clic aquí.
Más de CAME