Desde la Confederación argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Secretaría de Emprendedores y Pymes del Ministerio de Producción, a través de la Resolución 215/2018 publicada en el Boletín Oficial, estableció modificaciones a la nueva clasificación que determina qué empresas se encuadran dentro de la categoría Pyme.
La normativa reconfirma los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos, generando de esta forma las únicas categorías válidas para ser considerado Pyme según actividad.
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos
En tanto, para las empresas que realicen actividades de comisión o consignación, se tomará solo la variable empleo lo cual les permitirá encuadrarse dentro de la categoría que más se ajuste a su tamaño real.
Límites de personal ocupado
Para ser considerada Pyme, las empresas deben inscribirse vía web en el Registro Pyme: https://www.produccion.gob.ar/pymes. Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.
Para acceder a la Resolución 215/2018, haga clic aquí.