Desde el Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación lanzó una nueva línea de asistencia financiera destinada a impulsar iniciativas de emprendedores, empresas, MIPymes, cooperativas, instituciones de investigación y desarrollo, universidades y centros tecnológicos que presenten proyectos que contribuyan a la emergencia sanitaria por el Covid-19.

La asistencia financiera se dará bajo dos modalidades: a) Créditos a tasa fija y b) Aportes No Reembolsables. El monto total de la línea de asistencia financiera asciende a $ 2.250 millones y cuenta con el respaldo del Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP), bajo coordinación de BICE Fideicomisos. La convocatoria a presentar solicitudes estará abierta hasta agotar cupo de financiamiento o hasta la finalización de la emergencia pública sanitaria.

Créditos a tasa fija

Beneficiarios: MiPymes con certificado, Cooperativas conforme Ley 20.377 y que cumplan condición de MiPyme y Grandes Empresas, que cuenten con un mínimo de 12 meses de ventas comprobables. Tiene por objeto estimular el crecimiento en la producción de bienes y/o servicios innovadores que contribuyan a mitigar el Virus Covid-19.

Será excluyente que el solicitante realice aportes en áreas de equipamiento e insumos médicos y sanitarios y soluciones tecnológicas que actualmente ayuden a la prevención, diagnóstico, tratamiento, monitoreo, control y/u otros aspectos relacionados con el COVID-19 así como también los proveedores de su cadena de valor productiva.

Entre ellos se destacan los vinculados con la producción de equipamiento médico y sus cadenas de valor, reactivos y kits para diagnóstico, insumos sanitarios, medicamentos y vacunas, productos de higiene personal, plataformas digitales, entre otras tecnologías sanitarias y servicios afines, que permitan abordar y mitigar la actual emergencia epidemiológica.

Inversiones productivas: De $200.000 a máximo $30 millones. Plazo: hasta 5 años, con 1 año de gracia. Se financiará hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del proyecto presentado, el VEINTE POR CIENTO (20%) restante quedará a cargo de la Empresa solicitante.
Destinos del financiamiento: bienes de capital, construcción e instalaciones, capital de trabajo asociado a la inversión y otros recursos necesarios para la actividad.

Capital de trabajo: De $200.000 a máximo $30 millones. Plazo: hasta 3 años, con hasta 6 meses de gracia. En ningún caso se podrán financiar montos que superen el equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) de las ventas sin IVA de la Empresa durante el último ejercicio.
Destinos del financiamiento: adquisición de materias primas e insumos, salarios del personal de la empresa y otros gastos operativos.

Tasa de financiamiento: será del DOCE POR CIENTO (12%), nominal anual y en Pesos.
En ambos casos, las garantías a presentar deben ser aval de Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR) o fianza y las Empresas podrán solicitar el beneficio para UNO (1) solo de los dos destinos indicados y siempre respetando lo normado en las Bases y Condiciones.

Aportes No Reembolsables (ANR) 

Beneficiarios: empresas, emprendedores, grupos asociativos e Instituciones de I+D+i (investigación, desarrollo e innovación).  

Acerca del ANR: El Aporte No Reembolsable a otorgarse podrá cubrir hasta el CIEN PORCIENTO (100%) del proyecto presentado sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en ningún caso podrá superar los PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000). Tiene por objeto asistir económicamente a Empresas, Emprendedores, Grupos Asociativos e Instituciones de I+D+i en la ejecución de proyectos que estimulen el crecimiento de la producción de bienes y/o que introduzcan tecnologías e innovaciones que ayuden en la prevención, diagnóstico, tratamiento, monitoreo, control y mejora en la capacidad de respuesta a la pandemia provocada por el virus COVID-19 y a aquellas soluciones que colaboren a mitigarla.

Quedará a criterio del Comité Ejecutivo de FONDEP determinar el monto a otorgarse en función del proyecto presentado, los desembolsos a realizar y las condiciones previas que el Solicitante deberá cumplir antes de cada desembolso. Y, en este caso, la garantía requerida será mediante la emisión de un seguro de caución.

Destinos del ANR: Todos los destinos serán considerados elegibles siempre y cuando los fondos otorgados en el marco de las presentes Bases y condiciones sean aplicados con el objetivo de mitigar la Pandemia del Virus COVID-19 en Argentina. Ver más detalle en Bases y Condiciones del Programa.

En ambas modalidades: créditos a tasa fija y aportes no reembolsables (ANR), la presentación de los proyectos deberá realizarse exclusivamente a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), a la cuál el interesado debe adherirse y contar con clave fiscal para hacerlo.

Para solicitar más información o acercarnos consultas al respecto de esta nueva herramienta de financiamiento, les pedimos por favor dirigirse emprendedores a: incubadora@came.org.ar y Mipymes a: financiamiento@came.org.ar