La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa respecto a las modificaciones en la categorización de las Pymes que llevó adelante la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, a través de la publicación de la Resolución 519/2018.

Estos cambios se deben a que la categorización de las pequeñas y medianas empresas se ajustó por inflación. Esta nueva reglamentación reestablece los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores, generando de esta forma las únicas categorías válidas para ser considerado Pyme según actividad.


Nuevos límites de ventas totales anuales expresados en pesos

Además de la facturación promedio de los últimos tres ejercicios, también se deberá considerar al personal ocupado que surja del promedio anual de los últimos tres años para ser considerado Pyme. Los límites no han sufrido cambios respecto a la resolución previa:

Límites de personal ocupado

Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.

Para inscribirse en el Registro Pyme, haga clic aquí.

Para acceder a la Resolución 519/2018, haga clic aquí.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de agosto de 2018