Desde el Departamento de Financiamiento y Competitividad de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), informamos que desde el 1° de agosto al 29 de noviembre se encuentra abierta, en modalidad continua, la presentación de proyectos para el Régimen de Crédito Fiscal de la Secretaría de Empleo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación. La misma permite a las empresas financiar actividades de formación y prácticas laborales para trabajadores ocupados de nivel operativo y/o desocupados, para la mejora de la productividad y competitividad de empresas y cooperativas de trabajo.

Las líneas de acción en el marco del Régimen son:

  • Formación profesional.
  • Fortalecimiento de la infraestructura y/o certificación de la calidad de gestión de instituciones de formación profesional.
  • Entrenamiento para el trabajo.
  • Certificación de Competencias Laborales.
  • Certificación de sistemas de gestión de calidad de procesos y productos.

Los beneficiarios son:

  • Micro, pequeñas y medianas empresas (“Mipymes”), que desarrollen actividades económicas de producción de bienes o servicios y que posean cuatro o más empleados.
  • Grandes empresas que desarrollen actividades económicas de producción de bienes o servicios y que posean cuatro o más empleados.
  • Cooperativas de trabajo constituidas en los términos de la Ley N° 20.337 y de la Resolución del ex INAC N° 324/1994 y sus modificatorias.

El beneficio a otorgarse en el marco del programa Régimen de Crédito Fiscal será de hasta el 30% de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, o la suma total de retornos en concepto de retribución del trabajo realizado por los trabajadores asociados para el caso de cooperativas de trabajo, abonados en los doce meses previos a la solicitud, siempre y cuando no superen los cinco millones de pesos ($5.000.000).

Para el cálculo 30% previsto precedentemente se computarán los créditos otorgados por otros organismos administradores del cupo fiscal previsto en la Ley Nº22.317 durante el mismo año calendario, en cuyo caso se deberá detraer al momento de su solicitud.

Asimismo, las pymes podrán acceder a un incremento, en tanto estimulo complementario,   en el monto aprobado cuando incorporen a su plantilla o nómina de asociados, trabajadores desocupados mayores de 18 años que hayan finalizado alguna de las acciones en el marco de la propuesta presentada.  El incremento será porcentual, de acuerdo al número de empleados incorporados.

Al aprobarse el proyecto y luego de ser implementado, la empresa recibe certificados de crédito fiscal con los cuales puede cancelar sus obligaciones fiscales emergentes del: IVA, Impuesto a las Ganancias, a la Ganancia Mínima Presunta e impuestos internos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), excluyéndose impuestos o gravámenes destinados a la Seguridad Social.

Para más información o consultas financiamiento@came.org.ar