Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Inspección General de Justicia (IGJ), a través de la Resolución General 1/2021, estableció que desde hoy y mientras se encuentren vigentes la prohibición, restricción, limitación de circulación y/o de utilización de medios de transporte públicos y/o medidas de aislamiento y/o distanciamiento social, dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, las asociaciones civiles podrán elegir autoridades mediante reuniones a distancia, con los recaudos establecidos en la Resolución General IGJ N° 11/2020.
Se exceptúan de lo dispuesto a las asociaciones civiles que tengan consagrado el voto secreto en su estatuto social y/o reglamentos y que no logren consagrar una lista única de candidatos.
Asimismo, la medida prorroga los mandatos de los miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las asociaciones civiles comprendidas en la excepción anteriormente mencionada y cuyos vencimientos se hayan producido o se produzcan a partir de la entrada en vigencia del Decreto 297/2020 y mientras sigan en vigor sus efectos, por el término de 120 días, a partir de la publicación de la Resolución presente, lapso prorrogable sucesiva y automáticamente, por idéntico plazo, en caso de subsistir la situación de emergencia sanitaria contemplada en tal norma.
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