En el día de la fecha se ha firmado el nuevo Acuerdo Salarial para empleados de comercio.

Los principales lineamientos son los siguientes:

  • Se aplica un incremento de $300 (trescientos pesos) que tendrá carácter de asignación no remunerativa hasta el 31 de enero del 2010.
  • Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2009 el carácter no remunerativo del acuerdo salarial del año 2008.
  • Sobre estas sumas se calculará, también con carácter no remunerativo, el presentismo del art. 40 del C.C.T. 130/75.
  • Sobre estas sumas se devengarán los aportes y contribuciones de la obra social de los empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el art. 100 del C.C.T. 130/75 (TO de fecha 21/06/1991)
  • En el marco de la emergencia sanitaria oportunamente sancionada por el Poder Legislativo Nacional, los empleadores debitarán por única vez como aporte de los trabajadores la suma de $30 (treinta pesos) con destino a OSECAC, en la liquidación del mes de abril.
  • A las sumas no remunerativas que resulten de la aplicación del Convenio del 8/04/2008 prorrogada por el presente y a los $300 (trescientos pesos) incorporados por este acuerdo, corresponderá el aporte empresario con destino al INACAP homologado por la resolución 600/08 (ST).

Con esta información se podrán liquidar los sueldos del mes de abril 2009.

Para mayor información puede consultar a continuación el texto completo del acuerdo

VER CIRCULAR COMPLEMENTARIA

Buenos Aires, 30 de abril de 2009

JOSÉ A. BERECIARTÚA
Secretario General

OSVALDO CORNIDE
Presidente