Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que, mediante la Resolución General 4764/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció valores referenciales de exportación de carácter preventivo para los envíos de cebolla a países de la región, en resguardo del interés fiscal.

La medida, que busca controlar maniobras de subfacturación para reducir la evasión impositiva en las operaciones de comercio exterior, estableció un precio mínimo de 19 centavos de dólar por kilo (kg.) para las “Cebollas, no aptas para siembra, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 Kg.” con destino a Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. 

Recordamos que, a través de la Resolución General 4710/2020, la AFIP había dispuesto determinar los valores referenciales de exportación para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), efectuando un análisis previo en función de las destinaciones definitivas de exportación para consumo oficializadas ante AFIP, las bases de datos disponibles en el sector público o privado, y los servicios de empresas especializadas que se contrataren.

La cebolla se convierte, así, en el primer producto alcanzado por la medida. Próximamente, se avanzaría con la leche en polvo y las pasas de uva. 

Para acceder a la Resolución General 4764/2020, clic aquí.