Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución General 4738/2020, oficializó la suspensión hasta el 1 de julio de las bajas de monotributistas que adeuden cuotas, como medida paliativa para amortiguar el impacto recesivo por la pandemia.
De esta forma, el ente recaudador no aplicará la baja sistémica y vuelve a extender el plazo de vencimiento que tenía como fecha prevista el 1 de junio pasado, y que había sido puesta en marcha en marzo.
Así, los contribuyentes del régimen simplificado no serán trasladados al régimen general aunque cumplan con alguna de las condiciones de la exclusión de pleno derecho, como la superación de los topes de la categoría, la importación o exportación de bienes y servicios o la realización simultánea de más de tres actividades.
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