Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), mediante la Comunicación “A” 6964, estableció que los saldos impagos correspondientes a vencimientos de financiaciones de entidades financieras bajo el régimen de tarjeta de crédito, que operen a partir del 13 de abril y hasta el 30 de abril, deberán ser automáticamente refinanciados, sin necesidad de trámite alguno por parte del titular de la cuenta.
Además, los bancos emisores deben ofrecer al menos tres meses de gracia y 9 cuotas fijas. Así, las cuotas comenzarán a pagarse en agosto a un valor de 147 pesos por cada 1.000 pesos refinanciados.
Por otro lado, dispuso una reducción a 43% (hoy establecido en 49 %) de la tasa nominal anual por interés compensatorio máxima que las entidades financieras pueden percibir por los saldos financiados en tarjetas de crédito.
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