La Comisión de Asuntos Tributarios de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero - ARCA (ex AFIP), oficializó 2 nuevas resoluciones: La Resolución General N° 5.588/2024 y la Resolución General N° 5590/24.


La Resolución General N° 5.588/2024, reglamentó la extensión del plazo para finalizar el proceso de adhesión al Régimen especial de ingreso del impuesto sobre los bienes personales (REIBP) para los bienes no regularizados en el Régimen de Regularización de Activos. Los contribuyentes tendrán más tiempo para completar el trámite que permite tributar de forma anticipada por todos los períodos fiscales de este gravamen desde el 2023 y hasta el 2027.

Hasta el 28 de octubre, inclusive.

  • Podrán ingresar el pago inicial aquellos que no hayan cumplido con la totalidad de las obligaciones posteriores a la manifestación de la opción de adhesión al REIBP por los bienes que no hayan regularizado
  • Podrán manifestar la adhesión al REIBP e ingresar el pago inicial quienes hayan presentado al 30 de septiembre de 2024, inclusive, la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente al período fiscal 2023.

Hasta el 31 de octubre, inclusive.

  • Los sujetos comprendidos en los supuestos indicados anteriormente podrán presentar la declaración jurada REIBP (F.3339) y, en caso de corresponder, realizar el pago del saldo resultante, así como también -de resultar aplicable- el del incremento.

La Resolución General N° 5590/24, instrumentó los beneficios impositivos previstos en el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), que incluye un esquema de beneficios tributarios y aduaneros con estabilidad fiscal por un plazo de 30 años. Dicha resolución, pone en marcha la iniciativa contemplada en la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y dispone en un mismo cuerpo normativo los procedimientos, formalidades y demás condiciones que los representantes de las empresas deberán observar para acogerse a los beneficios tributarios y aduaneros.

Destaca que:

  • Otorgará un esquema de incentivos impositivos y aduaneros que garantizan estabilidad fiscal por un plazo de 30 años.
  • En el ámbito aduanero, las importaciones temporales como las definitivas para consumo de bienes de capital, nuevos, repuestos, partes y componentes, estarán exentas de aranceles, de la tasa estadística y de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención nacionales y/o locales.

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