Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que, según se dispone en el Art. 11 de la Comunicación A7432, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispone “sustituir, con vigencia a partir del ciclo de facturación correspondiente a enero de 2022, al 49 % nominal anual el límite al interés compensatorio para financiaciones vinculadas a tarjetas de crédito que pueden aplicar las entidades financieras”.
En virtud de ello, el tope la tasa nominal anual (TNA) pasó del 43% a 49% -6 puntos porcentuales- desde el pasado 6 de enero, lo que encarecería la financiación de ventas en cuotas, afectando particularmente a la actividad comercial.
Para acceder a la Comunicación A7432, haga clic aquí.
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