Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que el Banco Central de la República Argentina (BCRA), tras un pedido de la entidad, determinó, mediante la Comunicación “A” 7398, la suspensión de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19).

De esta manera, las entidades financieras, de permitirlo la capacidad de atención de cada casa operativa y servicio, deberán atender a clientes sin turno, dando prioridad a la atención a:

  • Quienes presenten certificado Único de Discapacidad vigente y personas con movilidad reducida, deficiencias motrices o dificultades de acceso a y/o de permanencia en los puntos de atención al usuario.
  • Pago de haberes previsionales o prestaciones de la seguridad social integrantes del Sistema Integrado Previsional Argentino y de aquellos cuyo ente administrador corresponda a jurisdicciones provinciales o a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Quienes cuenten con un turno previo.

Para acceder a la Comunicación “A” 7398, haga clic aquí.