El Departamento de Financiamiento y Competitividad Pyme de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informa que abrió la convocatoria para aplicar al beneficio del Programa Experto Pyme de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, bajo Resolución 53/2021, recientemente publicada. 

El Programa busca facilitarle a las Mipymes, que así lo soliciten y cumplan con los requisitos previstos en las presentes Bases y Condiciones, el acceso a la asistencia técnica/profesional de un EXPERTO sobre determinada área de la empresa, ya sea que busquen exportar productos o servicios, obtener certificados de calidad, digitalizar procesos, hacer una reestructuración financiera, implementar nuevas tecnologías o mejorar la comunicación de la empresa, pueden elegir un profesional o técnico que los ayude a hacerlo. El programa cubre parcialmente los honorarios de los expertos y el monto depende del tamaño de la pyme:

  • Micro: 90%
  • Pequeña: 80%
  • Mediana tramo I: 55%
  • Mediana tramo II: 35%

 Las áreas a mejorar que considera el programa son:

  • Eficiencia energética.
  • Tecnologías de gestión.
  • Transformación productiva.
  • Comercialización y marketing.
  • Administración contable, financiera y proyectos de inversión.
  • Certificación de calidad.
  • Digitalización de procesos.

Las asistencias técnicas y los seminarios y talleres en el marco del presente programa podrán desarrollarse sobre alguna de las siguientes áreas de la Mipyme:

a) Gestión estratégica, sistemas y métodos administrativos. b) Gestión en comercialización y comunicación. c) Gestión de Procesos, calidad y organización industrial. d) Gestión de finanzas. e) Gestión de innovación, desarrollo y tecnología. f) Gestión de la equidad de género

El programa cuenta con las siguientes modalidades:

1. Asistencia Técnica Individual: Las asistencias técnicas individuales están a cargo del EXPERTO y pueden tener lugar en las instalaciones de la Mipyme beneficiaria del programa o ser realizadas a distancia en modalidad virtual. Las asistencias técnicas individuales podrán tener 2 etapas: Asistencia Primaria y Asistencia Específica.

2. Asistencia Técnica Asociativa: Consiste en las asistencias técnicas para grupos asociativos. Podrán ser solicitadas por las instituciones intermedias de apoyo mipyme, las cuales designarán un coordinador asociativo y serán responsables de la validación de los requisitos que deben cumplir las micro, pequeñas y medianas empresa que integran el grupo.  Las asistencias técnicas asociativas tendrán 2 etapas:  Diagnóstico de grupo asociativo y Asistencia Específica Asociativa.

3. Asistencia Técnica de Vinculación: Consiste en las asistencias técnicas para la vinculación entre una Mipyme y un emprendedor/a.

 4. Seminarios y Talleres: esta modalidad consiste en la realización de seminarios y talleres sobre las áreas de acción objeto del programa- serán dirigidos a las instituciones intermedias de apoyo Mipyme que lo soliciten y dictados por los EXPERTOS que a esos efectos designe la Subsecretaria, tienen como objetivo la capacitación de las Mipymes. La duración de dichos seminarios y talleres podrá tener un máximo de hasta 8 horas. La modalidad podrá ser tanto presencial como virtual.

La duración de esta asistencia depende del tamaño de la Pyme:

  • 55 horas para las micro
  • 70 horas las pequeñas
  • 85 horas las medianas.

Con respecto al límite de asesorías técnicas, el “EXPERTO” puede asistir hasta un máximo de 10 Mipymes en simultáneo.  Las mismas pueden realizar hasta un máximo de 2 asistencias técnicas por año calendario siempre que la inmediatamente anterior haya finalizado. Las asistencias técnicas no podrán desarrollarse sobre una misma área de acción. 

El trámite para aplicar es online a través de la plataforma TAD del Ministerio.

Para cada modalidad de acción a implementar hay que cumplir con requerimientos específicos que están detallados en las bases y condiciones de la resolución.

Para acceder a la Resolución 53/2021, haga clic aquí.

Para consultas y más información de Bases y Condiciones, pueden consultarnos a: financiamiento@came.org.ar