Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó, mediante la Resolución General 4871/2020, el beneficio de reducción de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

De esta manera, los empleadores que resulten alcanzados tendrán una reducción del 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al SIPA correspondientes al período devengado noviembre de 2020. Es importante que los empleadores cumplan con los parámetros de facturación indicados y que tengan como actividad principal declarada según el “Clasificador de Actividades Económicas”.

La determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, deberá efectuarse mediante la utilización del release 7 de la versión 42 del programa aplicativo denominado “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS”, el cual se encuentra disponible en la opción “Aplicativos” del sitio www.afip.gob.ar

El sistema “Declaración en Línea” efectuará en forma automática el cálculo de la aludida reducción de alícuota de las contribuciones patronales, a los empleadores 

A su vez, los sujetos cuya actividad principal sea catalogadas como no críticas o pertenecientes al sector salud gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado noviembre de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUIT

FECHA

0, 1, 2 y 3

10/02/2021

4, 5 y 6

11/02/2021

7, 8 y 9

12/02/2021

 

Para acceder a la Resolución General 4871/2020, haga clic aquí.