Desde la Secretaría de Comercio Exterior de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4852/2020 publicada en el Boletín oficial, actualizó los procedimientos para el cobro de reintegros y los plazos de espera para pagar los derechos de exportación.
Esta normativa deja sin efecto la Resolución General 1617 para evitar contradicciones de interpretación.
Cabe destacar que se trata de una resolución técnica que no cambia mayormente lo medular del trámite.
Los interesados en conocer más, pueden acceder a la Resolución General 4852/2020 haciendo clic aquí.
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